jueves, 27 de junio de 2019

Domingo XIII Tiempo Ordinario (C)


30-6-2019                              DOMINGO XIII TIEMPO ORDINARIO (C)
                                              1Re. 19, 16b.19-21; Slm. 15; Gal. 5, 1. 13-18; Lc. 9, 51-62
Homilía en vídeo
Homilía de audio.
Queridos hermanos:
            Seguimos en este domingo profundizando en algunos principios de la Doctrina Social de la Iglesia
4. La participación:
Consecuencia característica de la subsidiaridad es la participación, que se expresa, esencialmente, en una serie de actividades mediante las cuales el ciudadano, como individuo o asociado a otros, directamente o por medio de los propios representantes, contribuye a la vida cultural, económica, política y social de la comunidad civil a la que pertenece. La participación es un deber que todos han de cumplir conscientemente, en modo responsable y con vistas al bien común. La participación no puede ser delimitada o restringida a algún contenido particular de la vida social […] Desde esta perspectiva, se hace imprescindible la exigencia de favorecer la participación” (nº 189 del Compendio). La participación en la vida comunitaria no es solamente una de las mayores aspiraciones del ciudadano, llamado a ejercitar libre y responsablemente el propio papel cívico con y para los demás, sino también uno de los pilares de todos los ordenamientos democráticos, además de una de las mejores garantías de permanencia de la democracia. El gobierno democrático, en efecto, se define a partir de la atribución, por parte del pueblo, de poderes y funciones, que deben ejercitarse en su nombre, por su cuenta y a su favor; es evidente, pues, que toda democracia debe ser participativa. Lo cual comporta que los diversos sujetos de la comunidad civil, en cualquiera de sus niveles, sean informados, escuchados e implicados en el ejercicio de las funciones que ésta desarrolla” (nº 190 del Compendio). Esta dimensión de la participación muestra un derecho, pero también muestra un deber. El derecho de participar y el deber de participar.
5. La solidaridad:
“Nunca como hoy ha existido una conciencia tan difundida del vínculo de interdependencia entre los hombres y entre los pueblos, que se manifiesta a todos los niveles[1] […] Junto al fenómeno de la interdependencia y de su constante dilatación, persisten, por otra parte, en todo el mundo, fortísimas desigualdades entre países desarrollados y países en vías de desarrollo, alimentadas también por diversas formas de explotación, de opresión y de corrupción, que influyen negativamente en la vida interna e internacional de muchos Estados” (nº 192 del Compendio). Las nuevas relaciones de interdependencia entre hombres y pueblos deben transformarse en relaciones que tiendan hacia una verdadera y propia solidaridad ético-social, que es la exigencia moral inscrita en todas las relaciones humanas. La solidaridad se presenta, por tanto, bajo dos aspectos complementarios: como principio social y como virtud moral (nº 193 del Compendio).
El mensaje de la Doctrina Social acerca de la solidaridad pone en evidencia el hecho de que existen vínculos estrechos entre solidaridad y bien común, solidaridad y destino universal de los bienes, solidaridad e igualdad entre los hombres y los pueblos, solidaridad y paz en el mundo [….] superando cualquier forma de individualismo y particularismo” (nº 194 del Compendio).
6. Valores fundamentales:
“La Doctrina Social de la Iglesia, además de los principios que deben presidir la edificación de una sociedad digna del hombre, indica también valores fundamentales […] Todos los valores sociales son inherentes a la dignidad de la persona humana, cuyo auténtico desarrollo favorecen; son esencialmente: la verdad, la libertad, la justicia, el amor. Su práctica es el camino seguro y necesario para alcanzar la perfección personal y una convivencia social más humana” (nº 197 del Compendio).
La verdad. Vivir en la verdad tiene un importante significado en las relaciones sociales: la convivencia de los seres humanos dentro de una comunidad, en efecto, es ordenada, fecunda y conforme a su dignidad de personas, cuando se funda en la verdad. Las personas y los grupos sociales cuanto más se esfuerzan por resolver los problemas sociales según la verdad, tanto más se alejan del arbitrio y se adecúan a las exigencias objetivas de la moralidad” (nº 198 del Compendio).
La libertad. “Toda persona humana, creada a imagen de Dios, tiene el derecho natural de ser reconocida como un ser libre y responsable. El derecho al ejercicio de la libertad es una exigencia inseparable de la dignidad de la persona humana. No se debe restringir el significado de la libertad, considerándola desde una perspectiva puramente individualista y reduciéndola a un ejercicio arbitrario e incontrolado de la propia autonomía personal” (nº 199 del Compendio). El valor de la libertad, como expresión de la singularidad de cada persona humana, es respetado cuando a cada miembro de la sociedad le es permitido realizar su propia vocación personal; es decir, puede buscar la verdad y profesar las propias ideas religiosas, culturales y políticas; expresar sus propias opiniones; decidir su propio estado de vida y, dentro de lo posible, el propio trabajo; asumir iniciativas de carácter económico, social y político. Todo ello debe realizarse dentro de los límites del bien común y del orden público y, en todos los casos, bajo el signo de la responsabilidad” (nº 200 del Compendio).
La justicia. La justicia resulta particularmente importante en el contexto actual, en el que el valor de la persona, de su dignidad y de sus derechos, a pesar de las proclamaciones de propósitos, está seriamente amenazado por la difundida tendencia a recurrir exclusivamente a los criterios de la utilidad y del tener […] La justicia, en efecto, no es una simple convención humana, porque lo que es justo no está determinado originariamente por la ley, sino por la identidad profunda del ser humano” (nº 202 del Compendio). Por sí sola, la justicia no basta. Más aún, puede llegar a negarse a sí misma, si no se abre a la fuerza más profunda que es el amor. En efecto, junto al valor de la justicia, la Doctrina Social coloca el de la solidaridad, en cuanto vía privilegiada de la paz” (nº 203 del Compendio).
7. La vía del amor:
            “La caridad, a menudo limitada al ámbito de las relaciones de proximidad, o circunscrita únicamente a los aspectos meramente subjetivos de la actuación en favor del otro, debe ser reconsiderada en su auténtico valor de criterio supremo y universal de toda la ética social (nº 204 del Compendio). Los valores de la verdad, de la justicia y de la libertad, nacen y se desarrollan de la fuente interior de la caridad (nº 205 del Compendio).
            Ninguna legislación, ningún sistema de reglas o de estipulaciones lograrán persuadir a hombres y pueblos a vivir en la unidad, en la fraternidad y en la paz; ningún argumento podrá superar el apelo de la caridad […]En esta perspectiva la caridad se convierte en caridad social y política: la caridad social nos hace amar el bien común y nos lleva a buscar efectivamente el bien de todas las personas, consideradas no sólo individualmente, sino también en la dimensión social que las une” (nº 207 del Compendio).

[1] Aquí se encuentran las extraordinarias posibilidades de los medios de comunicación, de la informática y de los intercambios comerciales.

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