30-6-2019 DOMINGO XIII TIEMPO ORDINARIO (C)
Seguimos
en este domingo profundizando en algunos principios de la Doctrina Social de la
Iglesia
4.
La participación:
“Consecuencia característica de la subsidiaridad es la participación, que se expresa,
esencialmente, en una serie de actividades mediante las cuales el ciudadano,
como individuo o asociado a otros, directamente o por medio de los propios
representantes, contribuye a la vida cultural, económica, política y social de
la comunidad civil a la que pertenece. La participación es un deber que todos
han de cumplir conscientemente, en modo responsable y con vistas al bien común.
La participación no puede ser delimitada o restringida a algún contenido
particular de la vida social […]
Desde esta perspectiva, se hace imprescindible la exigencia de favorecer la
participación” (nº 189 del Compendio). “La participación en la vida comunitaria no
es solamente una de las mayores aspiraciones del ciudadano, llamado a ejercitar
libre y responsablemente el propio papel cívico con y para los demás, sino también
uno de los pilares de todos los ordenamientos democráticos, además de una de las mejores garantías de
permanencia de la democracia. El gobierno democrático, en efecto, se
define a partir de la atribución, por parte del pueblo, de poderes y funciones,
que deben ejercitarse en su nombre, por su cuenta y a su favor; es evidente,
pues, que toda democracia debe ser
participativa. Lo cual comporta que los diversos sujetos de la comunidad
civil, en cualquiera de sus niveles, sean informados, escuchados e implicados
en el ejercicio de las funciones que ésta desarrolla” (nº 190 del
Compendio). Esta dimensión de la participación muestra un derecho, pero también
muestra un deber. El derecho de participar y el deber de participar.
5.
La solidaridad:
“Nunca
como hoy ha existido una conciencia tan difundida del vínculo de interdependencia entre los hombres y entre los pueblos,
que se manifiesta a todos los niveles[1]
[…] Junto al fenómeno de la
interdependencia y de su constante dilatación, persisten, por otra parte, en
todo el mundo, fortísimas desigualdades entre países desarrollados y países en
vías de desarrollo, alimentadas también por diversas formas de
explotación, de opresión y de corrupción, que influyen negativamente en la vida
interna e internacional de muchos Estados” (nº 192 del Compendio). “Las
nuevas relaciones de interdependencia entre hombres y pueblos deben
transformarse en relaciones que tiendan hacia una verdadera y propia
solidaridad ético-social, que es la exigencia moral inscrita en todas
las relaciones humanas. La solidaridad se presenta, por tanto, bajo dos
aspectos complementarios: como
principio social y como virtud
moral” (nº 193 del Compendio).
“El mensaje de la Doctrina Social acerca de
la solidaridad pone en evidencia el hecho de que existen vínculos estrechos
entre solidaridad y bien común, solidaridad y destino universal de los bienes,
solidaridad e igualdad entre los hombres y los pueblos, solidaridad y paz en el
mundo [….] superando cualquier forma de individualismo y particularismo” (nº 194 del
Compendio).
6.
Valores fundamentales:
“La Doctrina Social de
la Iglesia, además de los principios que deben presidir la edificación de una
sociedad digna del hombre, indica también valores fundamentales
[…] Todos los valores sociales son
inherentes a la dignidad de la persona humana, cuyo auténtico desarrollo
favorecen; son esencialmente: la verdad,
la libertad, la justicia, el amor. Su práctica es el camino seguro y
necesario para alcanzar la perfección personal y una convivencia social más
humana”
(nº 197 del Compendio).
La
verdad.
“Vivir
en la verdad tiene un importante significado en las relaciones sociales:
la convivencia de los seres humanos dentro de una comunidad, en efecto, es
ordenada, fecunda y conforme a su dignidad de personas, cuando se funda en la
verdad. Las personas y los grupos sociales cuanto más se esfuerzan por resolver
los problemas sociales según la verdad, tanto más se alejan del arbitrio y se
adecúan a las exigencias objetivas de la moralidad” (nº 198 del Compendio).
La
libertad.
“Toda persona humana, creada a imagen de
Dios, tiene el derecho natural de ser reconocida como un ser libre y
responsable. El derecho al ejercicio
de la libertad es una exigencia inseparable de la dignidad de la persona
humana. No se debe restringir el significado de la libertad, considerándola
desde una perspectiva puramente individualista y reduciéndola a un ejercicio arbitrario e incontrolado de
la propia autonomía personal” (nº 199 del Compendio). “El valor de la libertad, como
expresión de la singularidad de cada persona humana, es respetado cuando a cada
miembro de la sociedad le es permitido realizar su propia vocación personal;
es decir, puede buscar la verdad y profesar las propias ideas religiosas,
culturales y políticas; expresar sus propias opiniones; decidir su propio
estado de vida y, dentro de lo posible, el propio trabajo; asumir iniciativas
de carácter económico, social y político. Todo ello debe realizarse dentro de
los límites del bien común y del orden público y, en todos los casos, bajo el
signo de la responsabilidad” (nº 200 del Compendio).
La
justicia.
“La
justicia resulta particularmente importante en el contexto actual, en el que el
valor de la persona, de su dignidad y de sus derechos, a pesar de las
proclamaciones de propósitos, está seriamente amenazado por la difundida
tendencia a recurrir exclusivamente a los criterios de la utilidad y del tener
[…] La justicia, en efecto, no es una simple convención humana, porque lo que
es justo no está determinado originariamente por la ley, sino por la identidad
profunda del ser humano” (nº 202 del Compendio). “Por sí sola, la justicia no
basta. Más aún, puede llegar a negarse a sí misma, si no se abre a
la fuerza más profunda que es el amor. En efecto, junto al valor de la
justicia, la Doctrina Social coloca el de la solidaridad, en cuanto vía
privilegiada de la paz” (nº 203 del Compendio).
7.
La vía del amor:
“La caridad, a menudo limitada al ámbito de
las relaciones de proximidad, o circunscrita únicamente a los aspectos
meramente subjetivos de la actuación en favor del otro, debe ser reconsiderada
en su auténtico valor de criterio
supremo y universal de toda la ética social” (nº 204 del Compendio).
“Los
valores de la verdad, de la justicia y de la libertad, nacen y se desarrollan
de la fuente interior de la caridad” (nº 205 del Compendio).
“Ninguna
legislación, ningún sistema de reglas o de estipulaciones lograrán persuadir a
hombres y pueblos a vivir en la unidad, en la fraternidad y en la paz; ningún
argumento podrá superar el apelo de la caridad […]En esta perspectiva la
caridad se convierte en caridad social
y política: la caridad social nos hace amar el bien común y nos lleva a
buscar efectivamente el bien de todas las personas, consideradas no sólo
individualmente, sino también en la dimensión social que las une” (nº 207
del Compendio).
[1] Aquí se encuentran las extraordinarias
posibilidades de los medios de comunicación, de la informática y de los
intercambios comerciales.
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