23-6-2019 CORPUS
CHRISTI (C)
Este
año, el lema del Corpus Christi y de
esta Jornada de Caritas es: ‘Hacer de
nuestra vida una entrega creíble a los «heridos por la vida»’. Pues bien,
en este domingo y en el siguiente quisiera tratar los principios básicos que
sostienen toda la Doctrina Social de la Iglesia. Esta Doctrina Social nos
ayudará y enseñará a los católicos a realizar mejor eso que se nos propone como
lema de este año: entregar nuestra vida a tantas personas dolientes, heridas,
moribundas, solitarias, fracasadas, destrozadas, sin ilusión, sin futuro ni
horizontes en sus vidas.
Esos siete principios
son los siguientes:
1. El principio del bien común.
2. El destino universal de los
bienes.
3. El principio de subsidiaridad.
4. El principio de participación.
5. El principio de solidaridad.
6. El principio de los
valores, fundamentalmente estos cuatro: la verdad, la libertad, la justicia, el
amor.
7. Finalmente, este
último, el amor, es el valor principal, porque ha de ser el que dé UNIDAD a los
demás valores.
Podríamos extendernos
mucho sobre cada uno de ellos. Sin embargo, únicamente enunciaré algunos puntos
de cada principio a fin de que queden claros. Mas no debo extenderme, pues
estamos en el marco de una homilía y no en el de una conferencia o en el de una
clase de universidad.
1.
Principio del bien común:
Para la Doctrina
Social de la Iglesia el principio del bien común es el primero de todos los
principios: todos los bienes que existen
en el mundo son bienes destinados para todos los seres humanos. La idea es
clara: Dios creó todo lo que existe para todos los seres humanos, no solo para
un grupo de personas. De ahí que el principio del bien común quiere mirar no
solamente a un grupo de individuos, sino a todos los individuos; no a unas
cuantas personas, sino a todas las personas. Por eso, este principio del bien
común es una tarea que nos compete a todos, y de ahí que los bienes que existen
sobre la tierra han de llegar a todos los seres humanos. Para nosotros, es un
criterio que tiene que estar siempre claro y es el criterio que se exige en la
conducción de la vida política; por eso, un político es aquel que debe trabajar
el bien común y choca contra este principio cuando busca sus propios intereses,
sus propios bienes o el bien particular; los bienes que hay en una nación son
para todos y por eso se busca que haya una igualdad en la repartición de los
bienes.
En defensa de este
bien común debe de existir un sólido ordenamiento jurídico, la prestación de
los servicios esenciales para las personas, algunos de los cuales son, al mismo
tiempo, derechos del hombre: alimentación, habitación, trabajo, educación y
acceso a la cultura, transporte, salud, libre circulación de las informaciones
y tutela de la libertad religiosa. El
bien común es un deber de todos los miembros de la sociedad: ninguno
está exento de colaborar, según las propias capacidades, en su consecución y
desarrollo.
La responsabilidad de buscar y construir el bien común compete, además
de las personas particulares, también al Estado, porque el bien común es la
razón de ser de la autoridad política. Pero el bien común de la sociedad y de los individuos no consiste únicamente
en un simple bienestar
socioeconómico. Se ha de ir más allá, pues el hombre no es solo materia. Como
nos dice Jesús, “no solo de pan viven el hombre” (Mt. 4, 4a).
2. Principio del destino universal de los bienes:
El principio del bien
común que guía la Doctrina Social de la Iglesia va muy unido al principio del
destino universal de los bienes. Este
principio nos recuerda a nosotros que todo cuanto existe tiene una dimensión y
un destino universales (Gn. 1, 28-29). “Mediante el trabajo, el hombre,
usando su inteligencia, logra dominar la tierra y hacerla su digna morada: De este modo se apropia una parte de
la tierra, la que se ha conquistado con su trabajo: he ahí el origen de la
propiedad individual. La propiedad privada y las otras formas de dominio
privado de los bienes aseguran a cada cual una zona absolutamente necesaria
para la autonomía personal y familiar, y deben ser considerados como ampliación
de la libertad humana [...] al estimular el ejercicio de la tarea y de la
responsabilidad, constituyen una de las condiciones de las libertades civiles” (nº 176 del Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia). Sin
embargo, “la tradición cristiana nunca ha aceptado el derecho a la propiedad
privada como absoluto e intocable.
Al contrario, siempre lo ha entendido en el contexto más amplio del derecho
común de todos a usar los bienes de la creación entera: el derecho a la
propiedad privada como subordinada al derecho al uso común, al destino
universal de los bienes” (nº 177 del Compendio).
Por lo
tanto, la
propiedad privada ayuda a que las personas puedan tener un mínimo de espacio
para vivir, para que se respete su libertad; sin embargo, cuando la propiedad
privada se excede y viola el principio universal de los bienes, entonces, la
propiedad privada ha de estar sujeta al principio universal de los bienes. Dios
creó todas las cosas, no para un grupo, sino para todos. De tal manera es así,
que hay que buscar caminos para una justa distribución de los bienes y de las
riquezas.
3.
Principio de la subsidiaridad:
En la búsqueda del
progreso y el desarrollo de toda persona humana, de todo ser humano, hay un
principio que no se tiene muchas veces en cuenta. Es el principio de la
subsidiaridad. Cada ser humano tiene una responsabilidad, ante sí mismo y ante
los demás, como cada grupo, como cada sociedad, pero hay limitaciones que
nosotros tenemos, y es ahí donde se necesita el apoyo subsidiario. “Es
imposible promover la dignidad de la persona si no se cuidan la familia, los
grupos, las asociaciones, las realidades territoriales locales, en definitiva,
aquellas expresiones agregativas de tipo económico, social, cultural,
deportivo, recreativo, profesional, político, a las que las personas dan vida
espontáneamente y que hacen posible su efectivo crecimiento social. Es este
el ámbito de la sociedad civil,
entendida como el conjunto de las relaciones entre individuos y entre
sociedades intermedias.” (nº 185 del Compendio). “No se puede quitar a los individuos y darlo a la comunidad lo que
ellos pueden realizar con su propio esfuerzo e industria, y tampoco es justo
quitar a las comunidades menores e inferiores lo que ellas pueden hacer y
proporcionar y dárselo a una sociedad mayor y más elevada, ya que toda acción
de la sociedad, por su propia fuerza y naturaleza, debe prestar ayuda a los
miembros del cuerpo social, pero no destruirlos y absorberlos[1]”
(nº 186 del Compendio).
[1] Se refiere aquí a los
totalitarismos, sean del signo que sean: de izquierdas o de derechas, en nombre
de una religión o de otra, o por la acción de las multinacionales económicas
que suplen y reemplazan gobiernos o estados.
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